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Titulo I

Disposiciones Fundamentales, Naturaleza y Fines

 

 

ARTICULO 1: OBJETO Y FINALIDAD: el presente instrumento el normativo interno que regirá el funcionamiento en la institución Enma Riera con el objeto de sistematizar la acción escolar, estas disposiciones han sido elaboradas con la participación del personal directivo, coordinadores, docentes, personal administrativo, obreros, representantes o responsables, consejo comunal, comunidad educativo, toda vez que de ellos depende la mejor convivencia entre todos los integrantes de la comunidad con la finalidad de garantizar a todos los estudiantes una educación integral, de calidad y permanente que contribuya al conocimiento y estudio de la constitución de la República Bolivariana De Venezuela (CRBV),de la ley orgánica  para la protección del niño, niña y del adolescente (LOPNNA), el amor a la patria y a las virtudes trascendentales del estado Venezolano como Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia.

 

Instituto Educativo Enma Riera es una Institución de carácter semi privado donde se imparte educación básica (integrada por el nivel de educación inicial comprendiendo las etapas de Maternal y Preescolar) que tiene como objetivo brindarle al estudiante una formación integral y el desarrollo de su personalidad.

 

Para la interpretación y aplicación del presente normativo de convivencia, fue tomado en cuenta el interés superior de niños y niñas (Art. Nº 8 LOPNNA), con la finalidad de asegurar el desarrollo integral y pleno disfrute de sus derechos, garantías y también se tomaran en cuenta otros artículos de la LOPNNA (Art Nº 53, Art. Nº 54, Art Nº 56, Art. Nº 57 y Art. Nº 93).

 

ARTICULO 2: AMBITO DE APLICACIÓN: el presente normativo de convivencia se aplica a todas las personas que integran la institución: Enma Riera, entre ellas personal directivo, coordinadores, docentes, personal administrativo, obreros, representantes y responsables, corresponsables, niños y niñas menores de 6 años.

 

ARTICULO 3: IDEARIO INSTITUCIONAL: la institución promueve la identidad cultural, la conciencia social, y la responsabilidad cívica para la vida democrática de los educandos, colaborar con el estudiante a identificarse con vivencias nacionales y latinoamericanas, sustentadas en los valores de nuestra nacionalidad y los principios y derechos previstos en CRBV, la LOPNNA, y demás leyes, así como el amor a la patria, las virtudes cívicas y democráticas y los valores transcendente de la república. Ayudar al educando a establecer una motivación creadora y curiosa, orientada hacia una acción constructiva plasmada en el pensamiento reflexivo. Promover sanas relaciones humanas integrando comunidad- familia e institución. Orientar a los estudiantes y las estudiantes en su desarrollo intelectual moral y físico mediante las enseñanzas que se implante en un proceso continuo y unitario, conforme a las más modernas concepciones pedagógicas.

 

ARTICULO 4: Fines: para el logro de dichos objetivos es necesario que todas las personas que integran la institución educativa, conozcan y den cabal cumplimiento al presente normativo, cuyas reglas son con el fin de garantizar la permanencia del niño y niña durante el año escolar, y en tal sentido aspirar conformar  para el educando toda una estructura formativa que le permita hacerse un ciudadano responsable y útil capaz de ejercer y cumplir sus deberes y derechos.

 

Es meta común de quienes conforman esta institución, aprovechar todas las posibilidades de utilizar los aspectos positivos conducentes  al logro de una formación integral del educando, la garantía de que esto suceda depende de la existencia,  de normas y de su inquebrantable acatamiento. El presente está dirigido a la comunidad del Instituto Educativo “Enma Riera”, con el fin de darle a conocer el presente normativo, que rigen el funcionamiento en el seno de nuestra institución.

 

ARTÍCULO 5: a. Perfil de las personas que egresan  de la institución deben lograr la formación de un individuo:

  • Valores sociales como la libertad, solidaridad, cooperación, justicia, equidad, integración, bien común, participación protagónica, independencia, convivencia, tolerancia y promoción del trabajo liberador. Analítico, critico, culto, reflexivo, sano y acto para convivir en una sociedad democrática, justa y libre, creativo, espontaneo, libre, sensible, curioso, imaginativo, feliz, generoso, honrado, con amor por vida, la paz y la libertad.

  • Conocimientos, actitudes positivas, y valores hacia el acervo histórico-cultural venezolano, que le permitan identificarse con su entorno geopolítico.

  • Una cultural general basada en la conciencia solidaria y en el ejercicio de sus derechos y sus deberes como ciudadanos y ciudadanas.

  • Conocimientos, habilidades, destrezas y virtudes para el desarrollo de las relaciones sociales.

  • Conocimiento y visión crítica para el disfrute de las manifestaciones artísticas y culturales, como elemento de comunicación con el colectivo social; así como habilidades y destrezas para desarrollarlas.

  • Capacidades intelectuales y humanas, como elemento clave para la transformación social en y para el colectivo.

    Actividades valorativas hacia la salud integral.

  • Habilidades para detectar los factores de riesgo ante amenazas naturales o provocadas.

  • Cualidades, actitudes y valores hacia la creación, la originalidad y la innovación.

  • Conocimientos y valores acerca de la sexualidad, sustentada en la perspectiva de género.

  • Conocimientos, habilidades, destrezas, valores y virtudes hacia la actividad física, el deporte y la recreación, como elementos importantes de la salud integral.

  • Dominio y valoración del idioma materno (castellano), como elemento de comunicación, participación, integración y fortalecimiento de la identidad venezolana.

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B. perfil de estudiante  del sistema educativo bolivariano y edad minima.

Subsistema Educación Básica

Educación Inicial: Nivel maternal y preescolar de 0 a 6 años.

Los docentes de cada sección serán los responsables del nivel académicos de sus estudiantes, los cuales deberán conocer el grado de exigencia y el perfil del grado.

 

ARTICULO 6: Principios de igualdad y no discriminación: todas las personas son iguales en consecuencia en el ámbito de la institución educativa, al aplicar el presente normativo, se prohíbe cualquier discriminación fundada en motivos de raza, color, genero, edad, idioma, conciencia, religión, creencia, cultura, opinión, política o de otra índole, posición económica, origen social, étnico o nacional, condición de salud, necesidades especiales, nacimiento o cualquier del niño o la niña.

 

ARTICULO 7: Interés superior de los niños y niñas: es un principio de interpretación, aplicación y de obligatorio cumplimiento en la toma de todas las decisiones concernientes a los niños y niñas. Este principio va dirigido a asegurar el desarrollo integral de los niños y niñas, así como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías.

 

PARAGRAFO PRIMERO: para determinar el interés superior del niño o la niña en una situación concreta se debe apreciar:

  • La necesidad de equilibrio entre los derechos y garantías de los niños y niñas y sus deberes.

  • La necesidad de equilibrio entre los derechos de las demás personas y los derechos y garantías de los niños y niñas.

  • La condición especial de los niños y niñas como personas en desarrollo.

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ARTÍCULO 8: Niños y niñas sujetos plenos de derecho: todos los niños y niñas son sujetos plenos de derecho, en consecuencia son titulares de todos los derechos y garantías consagrados en el ordenamiento jurídico, especialmente aquellos establecidos en la convención sobre los derechos del niño. Se les reconoce a todos los niños y niñas el ejercicio personal de sus derechos y garantías, de manera progresiva y conforme a su capacidad evolutiva. De la misma forma se le exigirá el cumplimiento de sus responsabilidades y deberes. Los padres, representantes y responsables, tiene el deber y el derecho de orientarlos y orientarlas en el ejercicio progresivo de sus derecho y garantías, así como, el cumplimiento de sus deberes, de forma que contribuye a su desarrollo integral y a su incorporación a la ciudadanía  activa. Las personas que integren la institución educativa, colaboran con los padres representantes y responsables en el ejercicio de este deber-derecho.

 

ARTICULO 9: Publicidad y entrega del normativo de convivencia: para que este normativo logre su objetivo es necesario que sea público y conocido por todas las personas que integran la institución. En consecuencia, se deberán tomar todas las medidas apropiadas, para garantizar que los padres representantes y responsables, personal directivo, docente, administrativo, obrero y colectivo internos  del plantel lo conozcan y tengan acceso a él. Dentro de estas medidas la institución debe:

 

  •  Disponer de una copia para su uso, consulta, fotocopia para acceso al público, docente, personal administrativo y obrero, en la secretaria y dirección del plantel.

  • Hacer del conocimiento de la existencia del presente normativo a padres, madres y representantes o responsables al momento de la inscripción de los estudiantes.

  • Promover espacios de difusión del contenido del presente normativo dirigido a las personas que integran la institución, tales como reuniones, encuentros, talleres.

  • Enviar copia del normativo in comento  al consejo municipal del derecho para su correspondiente aprobación.

 

ARTICULO 10. Legislación aplicable: la institución educativa Emma Riera, se regirá por las disposiciones contenidas en la constitución de la república bolivariana de Venezuela (CRBV) Ley Orgánica de Educación (LOE), Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del adolescente (LONNA), Ley aprobatoria de la convención sobre los derechos del niño, Reglamento Orgánico del Ministerio del Poder Popular para la Educación, Líneas Estratégicas del Ministerio del Poder Popular para la Educación, Ley para las Personas con Discapacidad, por las disposiciones del presente normativo de convivencia y por las demás disposiciones que en esta materia dicte el ejecutivo nacional en uso de sus atribuciones legales.

© 2014 Instituto Educativo Enma Riera

Creada por: TSU Javier Lameda

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